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Paez&Chaves Abogados es un bufete de abogados en Marbella, establecido desde hace más de 20 años en el corazón de la Costa del Sol, con el fin de estar cerca de nuestros clientes y ofrecer un servicio personalizado. Además de nuestra sólida base en la provincia de Málaga, nuestro ámbito de actuación se extiende a nivel nacional.
Paez&Chaves Abogados en Marbella está formado por los abogados Concepción Páez López y Francisco Carlos Chaves Muros, ambos licenciados en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada (carreras 77/82 y 89/94), y colegiados en el Colegio de Abogados de Málaga. El despacho funciona como un equipo multidisciplinar, que trabaja en grupo, en el que los profesionales analizan cada caso de forma conjunta para conjugar todos los aspectos: prácticos, viables, económicos, y de resultado. Nuestro equipo de abogados tiene una larga experiencia en Derecho Civil y Mercantil, Derecho de Familia, Ejecuciones Hipotecarias, Asesoramiento Contable, Litigios Bancarios y Jurisdicción Civil, Contratos Inmobiliarios, entre otros.
Cada caso es tratado de forma personal y directa por los abogados del despacho, y siempre en un plazo máximo de 24 horas desde que se solicita la cita, como filosofía de servicio a nuestros clientes. Entendemos que el coste económico de un asunto no debe ser un obstáculo para que un cliente acceda a nuestros servicios, y por ello, ajustamos el coste en función de la complejidad de cada caso y ofrecemos diferentes modalidades de contratación y pago.
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La jueza Rosalyn E. Wilkinson LL.B (Hons.), LEC, LL.M (Dist.) (Retirada) fue llamada al Colegio de Abogados de Granada en 1993. Trabajó en la práctica privada desde 1993 hasta 2009, cuando fue nombrada jueza del Tribunal Supremo del Caribe Oriental. Sirvió en Santa Lucía y en Antigua y Barbuda. Se retiró de la judicatura en 2020. Es una antigua empleada de Scotiabank, que prestó servicios en Granada y Toronto (Canadá). La jueza Wilkinson es miembro del Consejo de Administración de Right Law. Ha sido directora y presidenta del Sistema Nacional de Seguros y presidenta de la Agencia de Desarrollo de Granada Save the Children (GRENSAVE), así como Cónsul Honoraria del Reino de Suecia en Granada, por lo que recibió la Real Orden de la Estrella Polar.
Celia Edwards BA, LLB, L.E.C., QC se incorporó al Colegio de Abogados en enero de 1984. La Sra. Edwards QC fue la primera mujer granadina becada por la isla y también la primera mujer granadina en convertirse en Queen’s Counsel. Fue presidenta de la Junta de Apelación de la Administración Pública, presidenta de la Autoridad de Control del Desarrollo de la Tierra, presidenta del Rotary Club de Granada y miembro del Consejo de Administración del Convento de San José.
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(b) Los nombramientos y ascensos realizados por un órgano no judicial no se considerarán incompatibles con la independencia judicial en los países en los que, por larga tradición histórica y democrática, los nombramientos y ascensos judiciales funcionan satisfactoriamente.
4. (a) El Ejecutivo puede participar en la disciplina de los jueces, sólo en la remisión de quejas contra los jueces, o en la iniciación de procedimientos disciplinarios, pero no en la adjudicación de tales asuntos. La facultad de disciplinar o destituir a un juez debe recaer en una institución independiente del Ejecutivo.
(b) En los países en los que la facultad de dividir el trabajo judicial recae en el presidente de la Corte Suprema, no se considera incompatible con la independencia judicial el hecho de conceder al presidente de la Corte Suprema la facultad de cambiar el plan predeterminado por motivos fundados, preferiblemente en consulta con los jueces superiores cuando sea posible.
12. La facultad de trasladar a un juez de un tribunal a otro deberá corresponder a una autoridad judicial y, preferentemente, estará sujeta al consentimiento del juez, que no podrá ser denegado injustificadamente.